Ley 70 de 1993, una voz para las comunidades negras | Señal Memoria

Ley 70 de 1993
Publicado el Dom, 27/08/2023 - 09:26
Ley 70 de 1993, una voz para las comunidades negras

Este 27 de agosto se cumplen treinta  años de la promulgación de la Ley 70 de 1993 o “Ley de Negritudes”, una normativa que cuestionó los cimientos de la etnicidad en el país. Para los pueblos negros, esta ley sentó un precedente, pues les permitió exponer sus reclamaciones históricas, sociales y políticas en el seno del Estado. Con el fin de comprender estas peticiones, en este artículo conoceremos de qué se trata esta ley, cuáles son sus preceptos fundamentales y qué aportes ha realizado a las comunidades negras colombianas.


Contexto histórico 

Antes de 1990, las leyes colombianas presentaban grandes vacíos acerca de la variedad de grupos étnicos que habitaban el territorio, como las comunidades negras. En ese sentido, los derechos de estos grupos estaban invisibilizados ante la sociedad y en la Constitución Política de la época. 

Si bien existían críticas por parte de estas minorías, sus cuestionamientos aún no tenían eco en la legislación nacional. Esa voz tuvo resonancia tan solo con la promulgación de la Constitución Política de 1991. En efecto, la Carta reconocía la diversidad cultural de la nación colombiana, especialmente en lo relacionado con  la diferencia étnica y la igualdad de derechos de todos los ciudadanos. 

No obstante, el camino hacia la comprensión histórica de las reclamaciones suscitadas por parte de las comunidades negras apenas empezaba. Por un lado, aunque se admitía el esfuerzo del Estado por entender que Colombia era multicultural, esta diversidad resultaba ambigua, puesto que seguía invisibilizando a los diferentes grupos negros, afros, raizales y palenqueros. Entre tanto, estaban aquellos que manifestaban que el articulado había abierto una ventana de oportunidad para todos los grupos étnicos excluidos del país, pero esto no se materializaba en las leyes.

Aunque la pluralidad étnica y cultural se había convertido en un discurso socialmente aceptado, todavía faltaba mucho por hacer. Por esa razón, el artículo 55 transitorio de la Constitución de 1991 ordenaba establecer los mecanismos necesarios para reconocer a las poblaciones negras de las riberas y cuencas del Pacífico, así como en otros lugares del país. 

Curiosamente, esta normativa surgió de los debates dados por las delegaciones indígenas en la Asamblea Nacional Constituyente, ya que las negritudes no tuvieron apoderados en esa instancia. De esta forma, la exposición de motivos que dio origen a la Ley 70 también le debía a otros grupos minoritarios e intelectuales, donde sobresalen nombres como el de Orlando Fals Borda o Francisco Rojas Birry. 

Finalmente, después de varias investigaciones y debates, el 27 de agosto de 1993 se promulgó una ley para las comunidades negras de Colombia.

¿Qué nos dice la ley? 

La deuda histórica con los pueblos negros del país no se limitaba a cuestiones culturales, sino también económicas, políticas, ambientales y sociales. En ese orden de ideas, la Ley 70 de 1993 buscaba:

“(…) Reconocer a las comunidades negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad colectiva. Así mismo tiene como propósito establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana”.

En este documento del Archivo Señal Memoria podemos observar la importancia que tenían las prácticas económicas, la identidad y el territorio para estas comunidades.

 

Piñacué Achicué, Daniel (director). (2003). Aborigen, todas las voces. Capítulo 01 : Afropacífico: tierra de cimarrones. Valle del Cauca; Chocó: Fundación Nasa Wala; Señal Colombia - RTVC. Archivo Señal Memoria, BTCX60-062209B. 

 

El articulado de esta legislación giró en torno a cuatro preceptos fundamentales: 1). El reconocimiento y la protección de la diversidad étnica y cultural y el derecho a la igualdad de todas las culturas que conforman la nacionalidad colombiana; 2). El respeto a la integralidad y la dignidad de la vida cultural de las comunidades negras; 3). La participación de las comunidades negras y sus organizaciones sin detrimento de su autonomía, en las decisiones que las afectan y en las de toda la Nación en pie de igualdad, de conformidad con la ley; y 4). La protección del medio ambiente atendiendo a las relaciones establecidas por las comunidades negras con la naturaleza.

Con respecto al primer aspecto, un hecho importante es que la “Ley de Negritudes” no se erigió en función de la “raza”, sino de la autodeterminación como grupo étnico. Además, sentó las bases para comprender las características diferenciales de estas comunidades, pues no era lo mismo ser palenquero que autopercibirse como raizal o afrocolombiano.

¿Qué se ha logrado en estos 30 años y qué falta?

La promulgación de la Ley 70 de 1993 significó un cambio sustancial en las condiciones culturales, sociales, políticas y económicas de las comunidades negras, palenqueras, raizales y afrocolombianas. Por ejemplo, en algunos lugares del territorio nacional se dio un proceso político-participativo directo en las decisiones que impactaron a la Nación. 

Tal es el caso de Agustín Hernando Valencia Mosquera, quien se convirtió en el primer representante a la Cámara por la circunscripción especial de comunidades negras en 1994. Este logro les abrió el camino a otros para intervenir de manera directa en la política estatal y hacer valer sus derechos individuales y colectivos.

Otro aspecto en el que  se dio un cambio relevante para los pueblos negros fue en la forma como la sociedad y el Estado acogió sus manifestaciones culturales. Así pues, se prestó mayor atención a elementos como las festividades, la territorialidad, los rituales o la producción intelectual negra, no solo como algo exótico, sino también como un aporte cultural.

Hacer un sumario de logros antes y después de la Ley 70, nos obliga a examinar momentos históricos específicos para evitar anacronismos. Sin embargo, también es válido considerar que, así como hubo avances en estos treinta  años, todavía existen reclamos sin resolver.

Un ejemplo de esto fue la conciliación entre la política de medio ambiente del Estado y las prácticas antiguas de las negritudes en los territorios. Recién, el pasado mes de mayo de 2023, el gobierno protocolizó la reglamentación del capítulo V de la Ley 70 relacionado con la minería como fuente de ingreso para negros, afros, raizales y palenqueros. Es decir, las comunidades tuvieron que esperar casi treinta  años para la implementación de estos acuerdos.

Por otra parte, una discusión más actual la constituye lo relacionado con el lugar de la mujer negra en la sociedad. Si bien, para la época en que se promulgó el articulado este tema no formaba parte del espectro social, para algunos colectivos es importante cuestionarse estas preocupaciones. 

De esta manera, algunas mujeres, organizadas y no organizadas, sugieren que la Ley 70 dejó de lado las diferentes formas de violencia ejercidas sobre ellas. Estas afectaciones, a su vez, exponen una doble condición y vulnerabilidad: el hecho de ser mujeres y ser negras. Así lo planteó Yenny de la Torre, directora de asuntos para las comunidades negras.

 

Carrillo, Clara Inés (directora). (1998). Mujer Derechos de la mujer. Chocó; Bogotá: Audiovisuales. Archivo Señal Memoria, BTCX30-000978.

 

En líneas generales, la Ley 70 de 1993 marcó un hito político para las comunidades negras sobre la base de una reflexión profunda a lo que antes se entendía por diversidad étnica y cultural en el país.

 


Autor: Emerson Rivas

 

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Fecha de publicación original Dom, 27/08/2023 - 09:26